Cuando se lleva a cabo una investigación sobre la ley penal en blanco -o, dicho de manera más rigurosa, sobre el tipo en blanco- es preciso, ante todo, destacar y valorizar las conexiones existentes entre esta forma de configurar un tipo penal y los principios que rigen al Estado democrático de derecho. En efecto, los problemas planteados por la ley en blanco solo existen para un derecho penal de tipos que es, a su vez, una consecuencia del principio nullum crimen nulla poena sine lege; el cual, finalmente, constituye una derivación de las ideas sobre las que descansa la organización democrática del Estado de derecho, fuera de la cual carece de sentido Todo esto es evidente y temo que al lector le parezca una perogrullada. Pero creo indispensable destacarlo porque, a mi juicio, salvo raras excepciones, en lo que se ha escrito sobre el tema no se extraen de esta conexión las consecuencias apropiadas